Asturias Liberal > Asturias > La dimisión de la Consejera no es suficiente: Lo que hay que saber sobre el «caso Cerredo»: Belarmina Díaz y la responsabilidad del Gobierno de Asturias

Este análisis se basa en una lógica de responsabilidad política y administrativa, tal como podría aplicarse en una comisión parlamentaria de investigación, combinando hechos públicos, principios de la función pública y precedentes políticos similares:

Elementos de responsabilidad de Belarmina Díaz

1. Larga permanencia como directora general con competencias directas (2017-2025)

Hecho clave:

Durante casi ocho años, Belarmina Díaz fue la Directora General de Energía, Minería y Reactivación del Principado de Asturias, órgano responsable de autorizar, supervisar y vigilar las actividades mineras.

Implicación directa:

• Todas las explotaciones mineras, incluidas las de carbón, quedaban bajo su tutela técnica y administrativa.

• La mina de Cerredo funcionaba bajo concesión y permisos expedidos o renovados durante su etapa como directora.

• La seguridad en la explotación es responsabilidad última del titular minero, pero el control administrativo recae sobre la dirección general.Debilidad para su defensa:

• El accidente no fue un hecho aislado de un día, sino el resultado de condiciones acumuladas.

• Si esas condiciones (físicas, organizativas o legales) se originaron o perpetuaron bajo su mandato, puede haber responsabilidad por inacción, omisión o permisividad prolongada.

Cita relevante:

Según la Ley de Minas (Ley 22/1973) y el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, las autoridades autonómicas tienen función de inspección, sanción, autorización y vigilancia, lo que recae directamente en la dirección general correspondiente.

2. Precedentes de incidentes o condiciones de riesgo en la mina de Cerredo

Hecho clave:

• La mina de Cerredo no era nueva ni desconocida. Había estado en explotación durante años, con historial de dificultades tanto en materia técnica como económica.

• Varias fuentes apuntan a alertas previas sobre condiciones de trabajo, ventilación deficiente o posibles incumplimientos de los protocolos.Implicación de Díaz:

• Si existen informes técnicos previos —emitidos por técnicos o inspecciones externas— advertidos al órgano competente, y no se actuó con firmeza (sanción, suspensión, exigencia de subsanación), la responsabilidad recae directamente en quien dirigía ese órgano.

• En este caso, Belarmina Díaz era la máxima autoridad técnica entre 2017 y 2025.Ejemplo hipotético:

• Si en 2021 un informe indicara irregularidades en los frentes de explotación o en la ventilación, y la Dirección General no actuó o lo archivó sin seguimiento, eso puede constituir negligencia administrativa continuada.Riesgo jurídico-político:

• La acumulación de señales ignoradas o informes sin ejecución puede convertirse en uno de los ejes más peligrosos en la comisión.

El argumento de «no lo supe» pierde fuerza cuando hay documentación técnica o alertas reiteradas.

3. Autorización o renovación de licencias a la empresa Blue Solving

Hecho clave:

• La empresa Blue Solving obtuvo autorización para operar la mina bajo el marco jurídico gestionado por la Dirección General de Energía y Minería, bajo responsabilidad de Díaz.

• Cualquier renovación de permiso de explotación, cambio en el plan de labores o autorización de planes de seguridad pasó por su despacho o el de sus subordinados directos.

Riesgo de responsabilidad técnica y política:

• Si se confirma que la autorización fue otorgada sin suficiente rigor técnico o sin condiciones suficientes para garantizar la seguridad, se abre una brecha directa.

• Más grave aún sería si existieron advertencias internas o externas sobre la idoneidad de Blue Solving y se las ignoró.

• También debe analizarse si hubo falta de seguimiento a compromisos previos de la empresa, lo cual sería un fallo administrativo estructural.Pregunta clave para la comisión:

• ¿Qué criterios se siguieron para conceder o renovar la explotación? ¿Existía un historial de incumplimientos? ¿Se fiscalizó el cumplimiento del Plan de Seguridad y Salud aprobado?

Precedente problemático:

Si la empresa estaba extrayendo fuera del perímetro autorizado —como se apuntó tras el accidente—, eso pone en cuestión la eficacia y vigilancia del órgano concedente. La empresa puede ser culpable por acción, pero el concedente es responsable por omisión.

4. Déficit en el sistema de inspecciones y vigilancia continuada

Hecho clave:

• Las minas deben ser inspeccionadas regularmente. La frecuencia y profundidad de las inspecciones depende del riesgo de la actividad.

• El Reglamento de Seguridad Minera y las directivas europeas exigen inspecciones documentadas y seguimiento de planes de prevención.

Punto crítico:

• Si la mina de Cerredo no fue objeto de inspecciones recientes, o estas se hicieron superficialmente, el sistema de control puede considerarse deficiente, y la responsabilidad política recae en el Gobierno de Asturias.

• Si hubo inspecciones que detectaron infracciones sin consecuencias prácticas, la acusación puede elevarse a permisividad institucional.

Posibles evidencias desfavorables:

• Actas de inspección sin medidas ejecutadas.

• Quejas de trabajadores o sindicatos ignoradas.

• Presupuesto insuficiente para inspecciones mineras aprobado bajo su dirección.Pregunta clave para la comisión:

• ¿Cuántas inspecciones tuvo la mina en los últimos cinco años? ¿Hubo advertencias sobre la ventilación, el grisú o las condiciones estructurales? ¿Se actuó?

5. Proximidad política y personal de la exconsejera al sector minero: sospecha de tolerancia o conflicto de interés

Hecho clave:

• Belarmina Díaz ha sido percibida como figura cercana al entorno sindical minero tradicional (especialmente al SOMA-UGT).

• Su familia también está vinculada profesionalmente al sector energético (su esposo es consultor técnico en proyectos mineros y energéticos).

Riesgo político:

• La proximidad afectiva o cultural al sector puede haber inducido cierta tolerancia o indulgencia institucional hacia determinados operadores mineros.

• En la comisión, este hecho puede determinar que hubo «captura del regulador»: cuando el ente que debe fiscalizar al sector se identifica demasiado con él y pierde su imparcialidad.

Preguntas delicadas:

• ¿Se aplicaron los mismos criterios de exigencia a Blue Solving que a otras empresas?

• ¿Se cruzan relaciones personales con decisiones técnicas? ¿Hubo incompatibilidades ocultas?

Dificultad en la defensa:

Este punto no necesita pruebas de delito para ser dañino políticamente. Basta con que la imagen pública sea la de una autoridad que no quiso incomodar a los suyos, aunque fuera de forma inconsciente.

Conclusión

La acumulación de estos factores desfavorables puede construir un marco argumentativo complejo para la defensa de Belarmina Díaz ante una comisión de investigación. Aunque no se le imputara ejecución directa, sí puede enfrentarse a cargos de responsabilidad indirecta, sistémica o estructural derivados de su prolongado control sobre el sector, especialmente si se demuestra:

• que hubo alertas ignoradas,

• que el sistema de inspección fue débil o tolerante, o• que la empresa actuaba fuera de control efectivo durante años.

Su dimisión no anula responsabilidades pasadas ni las que afectan al Gobierno de Adrián Barbón.

La clave estará en lo que revele la documentación administrativa y en cuánto conocía o debió conocer de las condiciones reales de la mina de Cerredo.

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